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Directora Vocal de ANP advirtió sobre falta de ley habilitante de la sociedad TCP

La Directora Vocal de la Administración Nacional de Puertos, Alejandra Koch, advirtió en un nuevo informe sobre la ausencia de una ley que habilite la nueva sociedad mixta del Estado con la empresa belga Katoen Natie.


"En mi rol de Directora Vocal de la ANP, cumplo en advertir a la fuerza política sobre una de las problemáticas consecuencias del Acuerdo ROU con KATOEN NATIE, en lo referido a su aspecto societario y el vacío legal que genera no tener una ley que autorice la sociedad de economía mixta en sus nuevos términos y por el plazo de 50 años, siendo ello una problemática que heredará la próxima administración y legislatura."

La sociedad mixta Terminal Cuenca del Plata (TCP S.A.) fue creada por la ley Nº 17.243 del año 2001, y autoriza a la ANP a participar en una sociedad con capitales privados para la administración, construcción, conservación y explotación de una Terminal de Contenedores en el Puerto de Montevideo. Establece que será el Poder Ejecutivo quien reglamente los términos y condiciones del acuerdo entre ANP y la empresa socia, pero dentro de las condiciones que el legislador estableció para dicha sociedad.


Con una antelación de 10 años de finalizado el plazo legal, el Ejecutivo firma el Acuerdo ROU – KATOEN NATIE, que fuera aprobado por resolución del Poder Ejecutivo Nº 401/2021, que establece, entre otros, un nuevo plazo de 50 años que culmina en el 2081, y realiza modificaciones sustanciales de la sociedad mixta.


Hay varios aspectos del Acuerdo que vulneran el ordenamiento jurídico nacional:


  1. El Poder Ejecutivo vulneró lo preceptuado artículo 188 de la Constitución (inc. 3 y 4), que autoriza al Estado a participar en empresas formadas por capitales privados, debiendo ser autorizado en cada caso por ley (mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara). El Acuerdo ROU – KATOEN NATIE estableció, además de la extensión del plazo, modificaciones de los elementos esenciales de la sociedad TCP S.A. aprobada por la ley Nº 17.243, por ejemplo eliminar la libre competencia, constituyendo una nueva sociedad de economía mixta.


  1. La ley que creó la sociedad estableció un plazo de 30 años, finalizando éste en el 2031. Pero el Ejecutivo, mediante resolución, extiende el plazo por 50 años más a partir del 2031, año en que la sociedad TCP S.A. culminaría por mandato legal. La Constitución es clara, el legislador deberá autorizar en cada caso la participación del Estado en dichas sociedades.


En síntesis, la sociedad TCP S.A. tiene vigencia hasta el 2031 ya que el legislador estableció dicho plazo, y por tanto el Acuerdo y su extensión por 50 años extralimitan lo autorizado por la ley Nº 17.243. En cumplimiento de lo mandatado por el Constituyente, está pendiente aún la aprobación de una ley que autorice la nueva sociedad de economía mixta.


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